martes, 22 de octubre de 2019

CUANDO NOS HABLAN DE UNA SUPUESTA CONFEDERACIÓN CATALANO-ARAGONESA...


Hoy en día no nos cansamos de escuchar la constante denominación —incorrecta, absurda y contraria a los hechos históricos y documentados— de la Corona de Aragón como Corona catalano-aragonesa, Corona de Cataluña-Aragón, Casa de Barcelona; e incluso que el Rey de Aragón es el conde-rey, y que la Casa de Aragón es, ni más ni menos, que la casa real catalana. Todas estas denominaciones son hijas de la inventada Confederación catalano-aragonesa por Antonio Bofarull en el siglo XIX, durante la Renaixença catalana —cuna del ansia catalanista de protagonismo y victimismo de querer reconstruir la historia a su conveniencia política—. Pero la realidad histórica es muy distinta a la que le agradaría al nacionalismo catalán.

A finales del siglo XIII, concretamente a partir del reinado de Jaime II de Aragón (1291-1327), el amontonamiento de territorios heredados como Aragón y Barcelona, construidos como Cataluña, y conquistados como Mallorca, Valencia y Sicilia, llevó a que apareciesen las denominaciones de Corona regni Aragonum [Corona del Reino de Aragón], Corona Regum Aragoniae [Corona dels Reyes de Aragón], Corona Aragonum [Corona de Aragón], o simplemente Aragón. 

Aragón fue la denominación usada siempre, nunca Cataluña. Para designar las divisiones geográficas, denominadas “lenguas”, de la Orden de Malta hallamos Aragón y no Cataluña. Las “lenguas” fueron las divisiones políticas en las que la Orden de Malta se organizó desde el siglo XIV hasta el XVIII. Se correspondían aproximadamente con las provincias que usaban otras órdenes religiosas. Las siete “lenguas” iniciales fueron: Provenza, Auvernia, Francia, Italia, Aragón (con Navarra), Inglaterra (con Escocia e Irlanda) y Alemania. En 1462, Castilla, León y Portugal se separaron de Aragón, formando cada una su propia lengua. Cataluña siguió incluida en la “lengua” de Aragón. También podemos comprobar cuál era el grito de guerra de los almogávares. En la crónica medieval del gerundense Ramón Muntaner leemos como la batayla fo muy fort et cruell; mas a la fi, tots los franchs levaren un crit e cridaren: Aragó!, Aragó! [la batalla fue muy fuerte y cruel; al final, todos los francos (los almogávares) elevaron un grito y gritaron: ¡Aragón!, ¡Aragón!].

En el orden de prelación de la titulación real por detrás del Reino de Aragón queda el Reino de Mallorca, el Reino de Valencia y el Condado de Barcelona. ¿Qué pasa con Cataluña? ¿Cómo no la hallamos en la colección de títulos reales?

Si nos situamos en el siglo IX podemos observar como el título de Conde de Barcelona mostraba la estrecha relación que tenían los territorios del este peninsular con el nombre de España. Recordemos que la conquista de Barcelona por los francos en el año 801 supuso el establecimiento definitivo de la Marca Hispánica al sur del Pirineo con el objetivo de proteger el Imperio Franco de los ataques sarracenos. Después de la desaparición de la dinastía carolingia (987) se produjo la desvinculación de facto, que no de jure, de los condes de Barcelona del Imperio Franco. La Marca Hispánica desapareció para dar paso a una serie de condes que tomaron como propia la idea de la Reconquista cristiana de la Península. Así tenemos como el Conde de Barcelona y Gerona Ramón Berenguer I (1035-1076) era denominado Ispanie subiugator [apoderador de España] en referencia a que desde Barcelona se promovía la Reconquista cristiana, así como el reconocimiento de ser el heredero natural de los primeros condes francos de la Marca Hispánica.  



Posteriormente, otro Conde de Barcelona que llevaba el nombre de España en su nómina de títulos era Ramón Berenguer III (1097-1131): Raimundus, Dei gratia Barchinonensis et Hispaniarum marchio, Bisuldunensium et Provincie comes [Ramón, por gracia de Dios marqués de Barcelona y de España, conde de Besaldún y Provenza]. Y fue precisamente con Ramón Berenguer III en el Liber Maiolichinus de gestis pisanorum illustribus [Libro mallorquín de los hechos ilustres de los pisano] de Lorenzo de Verona que relataba la cruzada pisana de 1114/1115 contra los sarracenos mallorquines, que se documentó por primera vez la existencia de Cataluña, que en esa época coincidía con el territorio del Condado de Barcelona. En el Liber el Conde de Barcelona era denominado Dux Catalanensis [Duque catalán]. 

Con la posterior unión de Barcelona y Aragón (1137) el Conde de Barcelona Ramón Berenguer IV aún no se podía titular Rey de Aragón, sólo Príncipe de Aragón. Y es a estas titulaciones a las que se añadieron los nuevos marquesados conquistados de Tortosa (1148) y Lérida (1149), comes Barchinone, princeps Aragonum atque Illerde ac Dertuse marchio [conde de Barcelona, príncipe de Aragón y marqués de Lérida y de Tortosa], unos marquesados que quedaron inicialmente entre Aragón y Barcelona. El siguiente Conde de Barcelona ya se podía titular Rey de Aragón, era Alfonso II (1164-11963), que pasó a titularse Rex Aragonum [rey de los Aragones] en plural, y no como se denominaban sus predecesores, Rex Aragonensium [rey de los aragoneses], ya que bajo su soberanía queden además de los aragoneses todos los súbditos de los territorios del Conde de Barcelona.

Durante el reinado de Alfonso II se comenzó a definir el futuro territorio catalán, aunque sin denominar este espacio como Cataluña. En 1173 se celebren las primeras Asambleas de Paz y Tregua, in dicta terra mea a Salsis usque ad Dertosam et Ilerdam [en mi tierra desde Salsas hasta Tortosa y Lérida], donde participaban, junto al rey, obispos, magnates y barones, llegando más allá del Condado de Barcelona. Unas paces que se extendían desde Salsas —al norte de Perpiñán— hasta los nuevos territorios ganados de Tortosa y Lérida. Este último Marquesado, junto al Condado de Ribagorza, quedó en disputa entre Barcelona y Aragón que no se solucionó hasta el siglo posterior.

Para hallar la denominación de este espacio territorial como Cataluña se ha de esperar al siglo XIII, durante el reinado de Pedro el Católico (1196-1213). En las Asambleas de Paz y Tregua que se celebraban a partir de 1200 se estableció que las paces de Barcelona fuesen respetadas desde Lérida hasta a Salsas, per totam Cataloniam, videlicet a Salsis usque ad Ilerdam [por toda Cataluña, a saber, desde Salsas hasta Lérida]. Pero dentro de este espacio geográfico, además de Tortosa y Lérida había una serie de Condados como Urgel, Pallars, Rosellón y Ampurias que eran independientes de Barcelona. Tanto estos condados como los Marquesados de Lérida y Tortosa sólo tenían como vínculo en común la figura del Rey, por el vasallaje que le rendían los primeros o para haber sido un botín de guerra los segundos.

La construcción territorial de Cataluña se consolidó a partir de 1244. Durante el reinado de Jaime I (1213-1276), las paces de Barcelona, que llegaban hasta el río Segre —ad Ilerdam—, se extendieron hasta el río Cinca, a Cinca usque ad Salses [de Cinca hasta Salsas], hasta más allá de Lérida. A partir de esta fecha el Marquesado de Lérida quedó sujeto a las paces de Cataluña. Un año antes (1243) el Marquesado de Lérida aún formaba parte del Reino de Aragón, motivo por el cual los ilerdenses, junto con los aragoneses, juraron como heredero al Infante Alfonso en las Cortes de Daroca. La disputa entre catalanes y aragoneses por el Condado de Ribagorza se decantó en favor de los aragoneses en 1300. En cuanto a la frontera norte, esta se mantenía en el Rosellón, que formaba parte de la nueva Corona de Mallorca (1265-1343). Así nos lo confirmaba el cronista Bernardo Desclot con motivo de la invasión francesa de Cataluña de 1285: e viren la muntanya de Panisars, que parteix Catalunya e Rosselló [y vieron la montaña de Panisars, que parte Cataluña y el Rosellón]. 

Durante el reinado de Pedro III de Aragón (1276-1285) se fue más allá del territorio y se dan los primeros pasos para llegar a una forma institucional de Cataluña, cuando a partir de 1283 el Rey se obligó a celebrar Cortes anualmente: si nós i els succesors volem fer alguna constitució o estatut a Catalunya, els sotmetrem a l’aprovació i consentiment dels Prelats, dels Barons, dels Consellers i dels ciudadanos [si nos y los sucesores quieren hacer alguna constitución o estatuto para Cataluña, los someterán a la aprobación y consentimiento de los Prelados, de los Barones, de los Consejeros y de los ciudadanos]. Pero no es hasta el siglo XIV, en tiempos de Pedro IV de Aragón (1336-1387), que culminó la edificación administrativa e institucional de Cataluña en torno del Condado de Barcelona, con Urgel incorporado en 1314, y, durante su reinado Ampurias (1341) y el Rosellón (1343), llegando a la figura, acuñada por los juristas catalanes, del Principado de Cataluña. 

Aquella era la única denominación que oficialmente y legalmente se podías usar, ya que este territorio no dependía de una rey —no existía el Reino de Cataluña—, ni de un conde —Barcelona no abarcaba toda Cataluña—, sino de una soberano, el prínceps [príncipe], el Rey de Aragón. La primera vez que se documenta la denominación de Principado de Cataluña no es hasta a la convocatoria de Cortes en Perpiñán de 1350, Principatus Cathaloniae [Principado de Cataluña]. 

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